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Convocatoria del 2020 de subvenciones para el aprendizaje de euskera del personal del Ayuntamiento de Muskiz

02-09-2020

El Ayuntamiento de Muskiz ha aprobado las subvenciones de los cursos de euskera del personal del Ayto. de Muskiz.

Por medio de esta convocatoria, se subvencionarán los cursos de euskera de los euskaltegis públicos o privados homologados por HABE, tanto los que se realizan desde octubre hasta junio como los que realizan en verano.

Plazo y lugar para presentar las solicitudes: del 5 de octubre al 30 de octubre del 2020, de 09:00 a 13:00, en el Registro Municipal de Muskiz o el Servicio de Euskera.

Para poder recibir esta subvención, se deberá justificar, como mínimo, haber asistido al 85 % de las clases impartidas. Debido al estado de alarma ocasionado por la COVID-19, las personas que no lleguen al mínimo de asistencia teniendo en cuenta todo el curso, podrán calcular la asistencia sin tener en cuenta las clases impartidas desde el 14 de marzo hasta el 21 de junio. El certificado deberá recoger de manera clara si el porcentaje se refiere a todo el curso o se han dejado de lado las horas desde el 14 de marzo al 21 de junio.

https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2020/08/10/II-2552_cas.pdf

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/517964

TEXTO COMPLETO DE LA SUBVENCIÓN:

Convocatoria del 2020 para la solicitud de subvenciones para el aprendizaje de euskera del personal del Ayuntamiento de Muskiz

1.- Objeto

El objeto de esta convocatoria es regular las condiciones de las subvenciones de los cursos de euskera del personal del Ayto. de Muskiz.

2.- Presupuesto

El Servicio de Euskera del Ayuntamiento de Muskiz dispondrá de un presupuesto de 500,00 euros para este fin.

En el caso, tras valorar las solicitudes, de resultar un importe subvencionable superior al previsto en esta convocatoria, la diferencia resultante entre el importe obtenido y el importe disponible según la convocatoria se restará por partes iguales entre los solicitantes con derecho a subvención.

3.- Personas beneficiarias

El personal del Ayto. de Muskiz.

4.- Cursos objeto de subvención

  1. Los cursos de euskera de los euskaltegis públicos o privados homologados por HABE.
  2. Los cursos realizados por el Euskaltegi Municipal de Muskiz.
  3. Los cursos realizados por el euskaltegi Muskizko AEK.
  4. Los cursos de euskera realizados en el euskaltegi durante el año, los que se realizan desde octubre hasta junio y los de julio, agosto y septiembre (intensivos y barnetegis). En el caso de los barnetegis, se subvencionarán los gastos de matrícula y no se subvencionarán en ningún caso los gastos de estancia o desplazamiento.

5. – Documentación requerida

  1. Instancia
  2. Fotocopia de DNI
  3. Recibo de matrícula
  4. Certificado del euskaltegi donde especifique lo siguiente:
  5. El porcentaje de asistencia a las clases. El número total de horas impartidas por el centro y las horas recibidas por la/el alumna/o.
  6. Nivel o niveles realizados y la superación o no de los mismos.
  7. Calificación respecto al aprovechamiento.
  8. Manifestación de que la alumna / el alumno no ha recibido ningúna subvención por realizar ese curso; y en el caso de haber recibido alguna, indicación del importe y de la institución que se la ha otorgado.

6.- Plazo y lugar para presentar las solicitudes

Se deberán presentar las solicitudes en el Registro Municipal de Muskiz o en el Servicio de Euskera de Muskiz, en horario de atención al público (09:00-13:00), tras finalizar el curso para el que se solicita la subvención, del 5 de octubre al 30 de octubre del 2020.

7.- Cuantía de la subvención

La consignación anual de las subvenciones estará recogida en el Presupuesto Municipal.

Las/os alumnas/os por cada curso no podrán en nigún caso recibir una subvención mayor que la cantidad abonada en la matrícula.

La asignación de la ayuda económica podrá ser del 100% del importe de la matrícula, en función de la asignación anual de fondos y las solicitudes presentadas.

8.- Criterios, pago y justificación

Recibirán subvención las/los alumnas/os que hayan asistido como mínimo al 85% de las horas de clase. No se sumarán al cómputo de faltas aquellas ausencias probadas mediante justificantes oficiales. El alumno podrá justificar un máximo del 10% de su asistencia al mes. La alumna / el alumno deberá certificar que ha aprobado o que ha tenido un buen aprovechamiento. Para ello, la persona solicitante deberá presentar un certificado del euskaltegi, una vez terminado el curso, que especifique el número total de horas impartidas por el centro y el número de horas recibidas.

Debido al estado de alarma ocasionado por el Covid-19, los/as alumnos/as que no lleguen al mínimo de asistencia teniendo en cuenta todo el curso (85%), podrán calcular la asistencia sin tener en cuenta las clases impartidas desde el 14 de marzo hasta el 21 de junio. El certificado deberá recoger de manera clara si el porcentaje se refiere a todo el curso o se han dejado a un lado las horas desde 14 de marzo al 21 de junio.

El pago de la subvención se realizará una vez finalizado el curso.

Si la/el alumna/o no presenta los certificados en los plazos fijados, se entenderá que renuncia a la subvención.

9.- Notificación de resoluciones

Tras la resolución de las solicitudes, las personas solicitantes serán notificados por escrito por el departamento correspondiente, y posteriormente se ingresarán las cantidades otorgadas.

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